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Justicia Geométrica

La justicia está en boca de todos y en la mente de muy pocos. ¿Sabemos lo que es cuando nos preguntan?

Cristianismo y esclavitud-II



Bartolomé de las Casas escribió en su De Regia Potestate, hacia el fin de la Edad Media, este alegato teológico contra la esclavitud, sin que se sintiera por ello forzado a romper con la ortodoxia o a utilizar fuentes ajenas al acervo cristiano. Lo que prueba que el liberalismo a venir con los siglos, cuyas pretensiones redentoras aún resuenan hoy, no hizo más que apropiarse de estos frutos ideológicos, desproveerlos de fundamento natural para convertirlos en fósiles constitucionales y, en resumen, rubricarlos con brutal violencia. No hubo, pues, hasta Marx ruptura de planteamientos, sino de simples medios para llevarlos a cabo.

* * *

Desde el principio del género humano, todos los hombres, todas las tierras y todas las otras cosas, por derecho natural y de gentes, fueron libres y alodiales, o sea francas y no sujetas a servidumbre.

En cuanto al hombre se demuestra, porque desde el origen de la naturaleza racional todos los seres humanos nacían libres. Puesto que siendo todos los hombres de igual naturaleza, no hizo Dios a un hombre siervo, sino que a todos concedió idéntica libertad. Y la razón es que la naturaleza racional esencial y absolutamente no está ordenada a otro ser como a su fin, como de hombre a hombre, según dice Santo Tomás. Pues la libertad es un derecho inherente al hombre necesariamente y desde el principio de la naturaleza racional, y es por eso de derecho natural, como se dice en el Decreto: existe idéntica libertad para todos.

La esclavitud es un fenómeno accidental, acaecido al ser humano por obra de la casualidad y de la fortuna, pues cada cosa sigue su especie según lo que es esencial, y no según lo que es accidental. Lo que es accidental no pertenece a la esencia de la especie. Decimos que algo es accidental cuando sucede al margen de lo que la naturaleza pretende, como se lee en Aristóteles y Santo Tomás. El juicio sobre las cosas hay que darlo según lo que éstas son esencialmente y no según lo que son accidentalmente. Por eso la esclavitud de suyo no tiene su origen en causas naturales, sino accidentales; es decir, por haber sido impuesta o en virtud de una figura jurídica, a decir de las Instituciones y el Digesto.

De donde resulta evidentemente que, no estando demostrada la existencia de alguna esclavitud, en caso de duda nuestro juicio debe ser favorable a la libertad y según su libertad. En consecuencia se presume que el hombre es libre, mientras no se demuestre lo contrario, pues como dicen el Digesto y las Decretales, en caso de duda hay que decidir en favor de la libertad.

(...)

Por eso los hombres libres gozan de la facultad de disponer libremente de sus propias personas y cosas conforme a su propia libertad.

Y en esto se diferencia el esclavo del hombre libre: Pues toda prohibición, sea temporal o perpetua, se opone a la libertad. De ahí deriva la definición de libertad que se da en las Instituciones. Y por eso dice Salustio que ningún hombre íntegro pierde la libertad si no es quitándole a la vez la vida. Bellamente escribió sobre este tema Lucas de Penna.

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